Llámenos 24/7 - Hospital Clínica Bíblica
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Derechos y Deberes de las personas usuarias del Hospital Clínica Bíblica

De conformidad con lo que se establece en la Ley Nº 8239 Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados del dos de abril de dos mil dos.

Derechos y Deberes de las personas usuarias del Hospital Clínica Bíblica

Derechos y Deberes


Derechos

Derechos


  1. Recibir información clara, concisa y oportuna acerca de sus derechos y deberes, además de la forma correcta de ejercerlos.
  2. Ser informados del nombre, apellidos, grado profesional y puesto que desempeña el personal de salud que les brinda atención.
  3. Contar con la información necesaria y con base en ella brindar o no su autorización para recibir un determinado procedimiento o tra- tamiento médico.
  4. Recibir, sin distinción alguna, un trato digno: Respeto, consideración y amabilidad.
  5. Recibir atención médica con la eficiencia y diligencia debidas.
  6. Ser atendidos sin demora en situaciones de emergencia.
  7. Ser atendidos puntualmente a la hora establecida en la cita salvo situaciones justificadas de caso imprevisto o fuerza mayor.
  8. Negarse a que lo examinen o le administren tratamiento, salvo en situaciones excepcionales o de emergencia, previstas en otras leyes, en que prevalezcan la salud pública, el bien común y el derecho de terceros. En caso de ne- garse debe existir una constancia por escrito.
  9. Firmar el consentimiento informado para cirugía, anestesia u otro procedimiento y compromiso de acatamiento. Si el paciente está inconsciente, no puede expresar su voluntad o es menor de edad, un representante legal debe firmar en su lugar.
  10. Aceptar o rechazar propuestas para participar en estudios de investigación clínica.
  11. Tener acceso a su expediente clínico y a que se le brinde una copia. Podrá autorizar terceros cuando se aporte la autorización legal respectiva.
  12. Recibir atención en un ambiente limpio, seguro y cómodo.
  13. Hacer que se respete el carácter confidencial de su historia clínica y de toda la información relativa a su enfermedad salvo cuando, por ley especial, deba darse noticia a las autoridades sanitarias.
  14. Manifestar libremente y por escrito su voluntad de donar sus órganos con fines terapéuticos una vez fallecido.
  15. Presentar reclamos cuando se hayan lesionado sus derechos.
  16. Hacer uso de sus objetos personales durante el internamiento, sujeto a las reglas del Hospital y mientras no se violenten los derechos de otros pacientes.
  17. Recibir un estado de cuenta con el detalle y la explicación de todos los gastos en que se ha incurrido en su tratamiento.
  18. Recibir visitas por parte de familiares o amigos si así lo desea, siempre y cuando su condición de salud lo permita y dentro del horario establecido.

Información para pacientes


Deseamos asistirle antes, durante y después de su visita. Encuentre todo lo que necesita para hacer de su estancia en el hospital, lo más confortable posible.

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Seguros y formas de pago en caso de servicios ambulatorios, de hospitalización y cirugía

Todo pago por concepto de servicios ambulatorios, de hospitalización y cirugía debe verificarse primero mediante el estado de cuenta en el Departamento de Gestión y Formalización al Paciente y posteriormente cancelarse en la caja dispuesta para estos fines en el mismo departamento.

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